Golden Visa en España

Si estás valorando la posibilidad de invertir en España, pero no tienes claro si quieres mudarte a vivir a nuestro país o si deseas residir y trabajar aquí, la Golden Visa española te puede interesar. En esta guía actualizada a 2024 y redactada por abogados especialistas en extranjería, te explicamos todos los pasos necesarios para poder solicitar y obtener tu visado dorado y tu autorización de residencia para inversores con éxito, así como también información sobre los beneficios que tendrás al obtenerlo.

Contenido

¿Qué es la Golden Visa española?

La Golden Visa española, también conocida como visa de oro, visa dorada, o visado dorado, es una autorización de residencia para inversores que permite al ciudadano extranjero, no perteneciente a la Unión Europea, al Espacio Económico Europeo o a Suiza, residir y trabajar en España, tras realizar una inversión significativa en España.

¿Qué se considera una “inversión significativa en España”?

Según la normativa española, una “inversión significativa en España” suele referirse bien a una inversión que supera un umbral económico mínimo, bien a una inversión empresarial de interés general.

El supuesto más habitual de inversión significativa en España es la inversión en inmuebles, por importe igual o superior a quinientos mil euros (500.000 €), impuestos excluidos. La inversión puede ser en un único inmueble o en varios, siempre que en su conjunto se alcance la suma total antes citada de quinientos mil euros. Si optas por esta opción, uno de nuestros abogados te asesorará en relación con los documentos que necesitas obtener, así como a redactar, revisar y negociar tus contratos. Asimismo, para tu tranquilidad, también te acompañaremos al otorgamiento de la escritura pública de compraventa, ante el Notario que tú elijas.

Otras alternativas a la inversión inmobiliaria para obtener la Golden Visa en España son las siguientes:

  • Inversión inicial igual o superior a 2 millones de euros (2.000.000 €) de deuda pública española.
  • Inversión inicial igual o superior a un millón de euros (1.000.000 €) en acciones no cotizadas o participaciones sociales.
  • Inversión inicial igual o superior a un millón de euros (1.000.000 €) en fondos de inversión o capital riesgo constituidos en España,
  • Inversión inicial igual o superior a un millón de euros (1.000.000 €) en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
  • Inversión en proyecto empresarial en España que se considere de interés general, en función de la creación de puestos de trabajo, del impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se desarrolle el proyecto o de su aportación relevante a la innovación científica o tecnológica.

¿Cuáles son los requisitos principales para poder optar a la residencia para inversores?

Los tres requisitos principales con los que debe cumplir el solicitante de la Golden Visa española son los siguientes:

  • Ser mayor de edad: Tener más de 18 años.
  • Realizar una inversión significativa en España: A estos efectos, para la solicitud inicial se deberá demostrar la realidad de la inversión, mientras que para futuras renovaciones se deberá acreditar el mantenimiento de la inversión.
  • Disponer de medios económicos suficientes: 400% del IPREM para un único solicitante (aproximadamente 33.600 €). Si deseas traer a España a otros miembros de tu familia, 100% del IPREM por cada miembro de tu familia (aproximadamente 8.400 € por cada familiar).
  • Contratar un seguro médico sin copago, con una entidad aseguradora que opere en España.

¿Cómo debo acreditar la inversión significativa en España?

La acreditación de la inversión se debe realizar de la siguiente manera:

  • Inversión en bienes inmuebles: Se debe aportar la escritura pública de compraventa y un certificado de dominio y cargas.
  • Inversión en acciones no cotizadas o participaciones sociales de una sociedad española: Se debe presentar el ejemplar de la declaración de inversión realizada en el Registro de Inversiones Exteriores del Ministerio de Economía y Competitividad.
  • Inversión en acciones cotizadas: Se debe aportar un certificado del intermediario financiero, debidamente registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (“CNMV”) o en el Banco de España, en el que conste que el inversor ha efectuado la inversión a efectos de lo establecido en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
  • Inversión en deuda pública española: Se debe aportar certificado emitido por el Banco de España, o certificado emitido por la entidad financiera con la que hayamos gestionado la inversión. En dicho certificado se debe expresar claramente que el inversor es el titular único de dicha inversión en deuda pública española para un periodo igual o superior a cinco (5) años.
  • Inversión en fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España: Se debe acompañar un certificado de la sociedad gestora del fondo, constituida en España, debidamente registrada en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (“CNMV”), en el que conste que el inversor ha efectuado una inversión de, al menos, un millón de euros (1.000.000 €) en un fondo o fondos bajo su gestión.
  • Inversión en depósitos bancarios: Se debe aportar el certificado emitido por parte de la entidad financiera, en la que se indique que el inversor es el titular único del depósito bancario.
  • Inversión en proyecto empresarial en España que se considere de interés general: Se debe presentar un informe favorable para constatar que en el proyecto empresarial presentado concurren razones de interés general. El informe procederá de la Oficina Económica y Comercial del ámbito de demarcación geográfica donde el inversor presente su solicitud de visado dorado. En cambio, si lo que se solicita es la autorización de residencia para inversores, se debe adjuntar un informe favorable de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones emitido por el Ministerio de Economía y Competitividad para constatar que las razones de interés general acreditadas inicialmente se mantienen en la actualidad.

¿Qué beneficios tiene la autorización de residencia para inversores?

  • Tendrás derecho a residir, trabajar, y/o estudiar en España, siendo la autorización inicial de tres (3) años. Podrás trabajar tanto por cuenta propia (creando tu empresa), como por cuenta ajena (trabajando para una empresa).
  • Posibilidad de que tus familiares obtengan su permiso de residencia y trabajo junto con la tuya. Esto aplica a tu esposa o pareja de hecho, hijos menores de edad, hijos mayores de edad que dependan económicamente del inversor, y ascendientes en primer grado, que también se encuentren a cargo del inversor.
  • Libre circulación por los veintiséis (26) países del espacio Schengen.
  • El tiempo de residencia en España computa para la obtención de la nacionalidad española. Si el extranjero acredita ser nacional de un país iberoamericano, (país cuya lengua oficial sea el español o el portugués), de Andorra, Filipinas, Portugal o Guinea Ecuatorial, podrá solicitar la nacionalidad española al cumplir dos (2) años de residencia legal y continuada en España.
  • No es necesario residir en España o tener residencia fiscal en España para poder mantener o renovar tu Golden Visa, por lo que puedes mantener tu condición de no residente en España.
  • Tramitación ágil: veinte días hábiles.
  • Puedes ausentarte de España por largos periodos de tiempo: Para renovar tu autorización de residencia para inversores solamente es necesario viajar a España una vez durante el periodo de residencia.

¿Qué familiares del inversor pueden solicitar la Golden Visa?

  • El cónyuge o pareja de hecho del inversor.
  • Los hijos menores de edad y los mayores de edad que dependan económicamente del inversor.
  • Los ascendientes que estén a cargo del inversor.

¿Cuál es el proceso de solicitud del visado de residencia?

La solicitud de visado de residencia para inversores se tramita ante el Consulado General de España en el país de residencia del extranjero. El extranjero deberá acudir personalmente a formalizar su solicitud.

El plazo de resolución es de diez (10) días hábiles.

Si el extranjero aún no ha realizado una inversión en España, se le concederá un visado de seis meses de duración. En cambio, si el extranjero acredita haber realizado una inversión significativa en España se le concederá un visado por un año.

¿Cuál es el proceso de solicitud de la autorización de residencia para inversores en España?

La solicitud de la autorización de residencia para inversores en España se realiza de forma telemática y se presenta ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos. Es requisito obligatorio para poder presentar la solicitud el haber realizado la inversión significativa en España y poder acreditarlo documentalmente.

El plazo de resolución de la autorización de residencia para inversores es de veinte (20) días hábiles. En caso de no resolverse en ese plazo, la solicitud se entiende estimada.

Una vez estimada la solicitud, el extranjero debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (T.I.E.) en una Comisaría de Policía.

¿Cuál es la duración de la autorización de residencia para inversores inicial y la de las renovaciones?

La autorización de residencia para inversores inicial tendrá una duración de tres (3) años.

La renovación de la autorización de residencia para inversores se realizará por cinco (5) años.

¿Cómo se renueva la autorización de residencia inicial y en qué plazo?

Para llevar a cabo la renovación es necesario haber viajado una vez a España dentro del periodo de residencia concedido al inversor, y acreditar el mantenimiento de la inversión significativa en España.

El plazo para renovar la autorización es entre los sesenta (60) días previos a la caducidad de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (T.I.E.), y los noventa (90) días posteriores a la fecha de caducidad de dicha T.I.E.

Para poder renovar es preciso que el inversor acredite encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia tributaria y de seguridad social en España.

El cumplimiento de obligaciones en materia tributaria implica la presentación de declaraciones en España por parte del inversor, ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, bien como residente en España (si reside más de 183 días en territorio español), bien como no residente (si reside menos de 183 días en territorio nacional).

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    Preguntas frecuentes sobre la residencia para inversores en España:

    ¿En qué se diferencian la Golden Visa y la Residencia No Lucrativa?

    La principal diferencia es que la Golden Visa es una autorización de residencia y trabajo, mientras que la Residencia No Lucrativa, como su propio nombre indica, es una autorización de residencia que no permite desarrollar actividad laboral o lucrativa en España.

    La segunda gran diferencia es la duración de la autorización inicial, que en el caso de la autorización de residencia no lucrativa es de un (1) año, mientras que la autorización de residencia para inversores se concede por tres (3) años.

    Y la tercera diferencia viene dada por los plazos de residencia efectiva en España para poder llevar a cabo la renovación de la autorización inicial. Dicho plazo es de más de seis (6) meses durante un año en el caso de la autorización de residencia no lucrativa, y de tan solo un día durante un plazo de tres (3) años, en el supuesto de la autorización de residencia para inversores.

    ¿Cuál es el periodo de residencia mínimo para poder solicitar la renovación de la autorización de residencia para inversores?

    Para poder renovar la autorización de residencia inicial el solicitante debe acreditar que ha viajado a España al menos una vez durante el periodo de residencia. Es decir, que el requisito se entendería cumplido con una visita a España dentro de los tres (3) primeros años de concesión de la autorización.

    ¿Qué requisito deben cumplir los ciudadanos británicos para poder optar a la Golden Visa por inversión inmobiliaria tras el Brexit?

    Los ciudadanos británicos que quieran optar a una autorización de residencia para inversores deberán acreditar haber realizado una inversión inmobiliaria en España, por importe superior a quinientos mil euros (500.000 €), con posterioridad al 29 de septiembre de 2013, fecha de entrada en vigor de la Ley que regula la concesión de la Golden Visa Española. El resto de los requisitos son los mismos que los expresados más arriba en la presente guía.

    ¿La inversión significativa en inmuebles por importe igual o superior a 500.000 euros es obligatorio que sea abonada en su totalidad, o puedo pedir una hipoteca?

    Los primeros quinientos mil euros deben ser abonados por el inversor. No obstante, el inversor podrá obtener una hipoteca para el pago del exceso entre los quinientos mil euros (500.000 €) y el precio total de compra del inmueble.

    ¿Es obligatorio adquirir una única propiedad de más de 500.000 euros, o puedo comprar varias propiedades cuyo importe total supere esa cantidad?

    El umbral mínimo para que se considere que se ha realizado una inversión significativa en España se encuentra en quinientos mil euros (500.000 €), pero para alcanzar dicho importe se podrá realizar una inversión en uno o varios inmuebles.

    La decisión sobre si adquirir uno o más inmuebles suele depender del objetivo del inversor. En los casi diez años de vigencia del programa de Golden Visa de España, la experiencia nos dice que los inversores que desean vivir en España suelen adquirir, al menos, una propiedad de más de quinientos mil euros (500.000 €), mientras que los inversores que optan por mantener su residencia en el extranjero tienden a adquirir varias propiedades con la finalidad de obtener una mayor rentabilidad por su inversión.

    En función de cuáles sean tus necesidades, nuestro equipo de consultoría de inversión te puede asesorar sobre distintas oportunidades de inversión inmobiliaria, y, una vez que hayas identificado la propiedad o propiedades que desees adquirir, nuestro equipo legal te asesorará en todo el proceso de compraventa.

    ¿En García de Ceca me podéis proporcionar asesoramiento fiscal y tributario en relación con mis inversiones?

    Efectivamente, nuestros abogados le asesorarán en materia fiscal y tributaria, y le aclararán cualquier duda que le pueda surgir, tanto si vas a residir en España, como si deseas mantener tu condición de no residente en España y tributar por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

    ¿Si mi cónyuge y yo compramos un inmueble juntos por importe igual o superior a 500.000 euros, podemos ser considerados ambos como inversores?

    Si un matrimonio o pareja de hecho adquiere un inmueble de más de quinientos mil euros (500.000 €), sólo uno de los cónyuges puede ser considerado como inversor. El otro cónyuge podrá obtener su autorización de residencia en España como familiar del inversor.

    ¿Si mi solicitud de visado dorado o de autorización de residencia para inversores resulta denegada qué puedo hacer?

    No es nada habitual que una solicitud de visa dorada o de autorización de residencia para inversores resulte denegada. No obstante, nos hemos encontrado con casos en los que los clientes habían realizado su solicitud mal asesorados, o habían aportado documentación incorrecta o incluso falsa. En función de cada caso, podemos ofrecer a nuestros clientes distintas alternativas para recurrir su resolución denegatoria. Si este es tu caso, solicita una cita con uno de nuestros abogados expertos en extranjería y te informaremos sobre la mejor forma de resolver tu denegación.

    ¿Puedo realizar mi inversión a través de una sociedad española o a través de una sociedad extranjera?

    En efecto, el inversor puede decidir entre realizar la adquisición a su nombre, o a través de una sociedad, que debe estar domiciliada en un territorio que no tenga la consideración de paraíso fiscal conforme a la normativa española, y en la que el inversor posea, directa o indirectamente, la mayoría de sus derechos de voto y tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de su órgano de administración.

    ¿Es obligatorio solicitar el visado dorado para mis familiares junto con el mío o puedo hacerlo con posterioridad?

    No es obligatorio que la solicitud del visado dorado o de la autorización de residencia para inversores se realice de forma conjunta. Dependiendo de las circunstancias personales y familiares del inversor, a veces, la solicitud inicial solo la realiza el inversor, y, en un momento ulterior, se realiza una solicitud para el resto de sus familiares. En otras ocasiones, tanto el inversor como sus familiares la solicitan a la vez.

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