Visado Nómada Digital en España

Si estás valorando la posibilidad de obtener un permiso de residencia para teletrabajo de carácter internacional, el visado o la autorización de residencia para nómadas digitales en España te puede interesar. En esta guía actualizada a 2024 y redactada por abogados especialistas en extranjería, te explicamos todos los pasos necesarios para poder solicitar y obtener tu visado o autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional con éxito, así como también información sobre los beneficios que tendrás al obtenerlo, principalmente de carácter fiscal.

Contenido

¿Cuál es la definición de nómada digital según la normativa española?

La Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, en su exposición de motivos define a los nómadas digitales como “personas cuyos empleos les permiten trabajar en remoto y cambiar de residencia frecuentemente, compatibilizando el trabajo de alta cualificación con el turismo inmersivo en el país de residencia”.

¿Qué es el visado para nómadas digitales o la autorización de residencia para nómadas digitales?

El visado o autorización de residencia para nómadas digitales, también conocido como visado o autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional, visado o autorización de residencia de trabajo en remoto, o visa de nómadas digitales, es un permiso de residencia que permite al ciudadano extranjero, no perteneciente a la Unión Europea, al Espacio Económico Europeo o a Suiza, residir en España y ejercer una actividad laboral o profesional a distancia, beneficiándose de un régimen fiscal más favorable que le permitirá ahorrar impuestos durante un plazo determinado de tiempo, siempre que cumpla unas determinadas condiciones, que explicaremos más adelante.

¿Cómo puedo saber si mi situación laboral o profesional me permite ser considerado nómada digital?

La normativa aplicable distingue dos supuestos para ser considerado nómada digital:

  • Ejercer una actividad laboral: En este supuesto, el nómada digital sólo podrá teletrabajar para empresas radicadas fuera del territorio español.
  • Ejercer una actividad profesional por cuenta propia: La legislación española señala que se permitirá al nómada digital trabajar para una empresa ubicada en España, siempre que los ingresos procedentes de dicho trabajo no excedan el veinte por ciento (20%) del total de su actividad profesional.

¿Cuáles son los requisitos principales para poder optar a la residencia para nómadas digitales?

Los requisitos principales con los que debe cumplir el nómada digital o teletrabajador de carácter internacional son los siguientes:

  • Ser mayor de edad: Tener más de 18 años.
  • Acreditar ser graduado o postgraduado de universidades de reconocido prestigio, formación profesional, o escuelas de negocios de reconocido prestigio, o bien contar con una experiencia profesional mínima demostrable de tres (3) años.
  • Acreditar la existencia de una actividad real y continuada durante al menos un (1) año de la empresa o grupo de empresas con la que el trabajador mantiene relación laboral o profesional.
  • En el caso de que se trate de una relación laboral, aportar documentación que acredite que la relación laboral entre la empresa radicada en el extranjero y el teletrabajador existe desde al menos tres (3) meses antes de formalizar su solicitud, así como documentación que acredite que la relación laboral se puede realizar en remoto.
  • En el caso de que nos encontremos ante una relación profesional, aportar documentación que acredite que la relación mercantil entre la empresa o empresas radicadas en el extranjero y el teletrabajador existe desde al menos tres (3) meses antes de formalizar su solicitud, así como documentación que acredite el perfil del puesto de trabajo, así como los términos y condiciones de la actividad profesional a distancia.
  • Disponer de medios económicos suficientes: 200% del Salario Mínimo Interprofesional (“SMI”) para un único solicitante (aproximadamente 30.240 €). Si deseas traer a España a otros miembros de tu familia, 75% del SMI para la segunda persona reagrupada (aproximadamente 11.340 €), y 25% del SMI por cada miembro adicional de tu familia (aproximadamente 3.780 € por cada familiar).
  • Contratar un seguro médico sin copago, con una entidad aseguradora que opere en España. 
  • Carecer de antecedentes penales en España y en el país o países en los que hayas residido durante los dos (2) últimos años.
  • Aportar documentación relativa a la cobertura de la Seguridad Social del trabajador, que podrá complementarse con la cobertura sanitaria de dicho trabajador, en el supuesto de que proceda. En caso de existir convenio en materia de Seguridad Social entre España y el país en el que se ubique la empresa extranjera desde donde se desplaza el trabajador, se debe acompañar a la solicitud un certificado de cobertura.
  • Aportar documentación relativa a la inscripción de la empresa en la Tesorería General de la Seguridad Social (“TGSS”) española.
  • En el caso de una relación profesional por cuenta propia (trabajador autónomo prestando servicios para una empresa extranjera), se debe aportar compromiso de darse de alta como trabajador autónomo. 
  • Aportar declaración responsable donde conste el compromiso de cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social, con carácter previo al inicio de la actividad laboral o profesional.

¿Cuál es la diferencia entre solicitar el visado de nómada digital o solicitar la autorización de residencia de nómada digital, y dónde se deben solicitar?

La diferencia entre solicitar el visado de nómada digital o solicitar la autorización de residencia de nómada digital viene marcada por el lugar en el que se encuentre el solicitante. 

Cuando el solicitante se encuentre fuera de España, deberá solicitar el visado de nómada digital. Dicha solicitud deberá formularse ante el Consulado General de España que resulte competente en función del lugar en que se encuentre residiendo el solicitante.

En caso de que el solicitante se encuentre legalmente en España, bien como estudiante con autorización de estancia en vigor, bien con visado de turista en vigor, deberá solicitar una autorización de residencia para nómadas digitales. La solicitud deberá formularse ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.

¿Cuál es la duración inicial del visado de nómada digital y la de las renovaciones?

La duración inicial de dicho visado será como máximo de un (1) año, salvo que el periodo de teletrabajo internacional sea de una duración inferior, en cuyo caso el visado tendrá la misma duración que la establecida en el contrato de trabajo en remoto.

Durante los sesenta (60) días naturales antes de que caduque tu visado de nómada digital, podrás solicitar la autorización de residencia para teletrabajadores de carácter internacional que se concede por tres (3) años.

¿Cuál es la duración inicial de la autorización de residencia para nómadas digitales y la de las renovaciones?

La duración inicial de la autorización de residencia para nómadas digitales será como máximo de tres (3) años, salvo que se solicite para un periodo de teletrabajo internacional de una duración inferior.

La renovación de la autorización de residencia para teletrabajadores con carácter internacional se realizará por cinco (5) años.

¿Qué beneficios tienen el visado de nómada digital y la autorización de residencia para nómadas digitales?

  1. Tendrás derecho a residir y trabajar en España. 
  2. Posibilidad de que tus familiares obtengan su permiso de residencia junto con la tuya. Esto aplica a tu esposa o pareja de hecho, hijos menores de edad, hijos mayores de edad que dependan económicamente del teletrabajador, y ascendientes en primer grado, que también se encuentren a cargo del teletrabajador. 
  3. Libre circulación por los veintiséis (26) países del espacio Schengen.
  4. El tiempo de residencia en España computa para la obtención de la nacionalidad española. Si el extranjero acredita ser nacional de un país iberoamericano, (país cuya lengua oficial sea el español o el portugués), de Andorra, Filipinas, Portugal o Guinea Ecuatorial, podrá solicitar la nacionalidad española al cumplir dos (2) años de residencia legal y continuada en España.
  5. Beneficiarte de un régimen fiscal especial más favorable, tributando por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (“IRNR”), al tipo del 24%, siempre y cuando cumplas con los requisitos que te exponemos más abajo.
  6. Tramitación ágil: diez (10) días hábiles para el visado de nómada digital, y veinte (20) días hábiles para la autorización de residencia para nómadas digitales.

¿Qué familiares del teletrabajador pueden solicitar el visado o la autorización de residencia para nómadas digitales?

  • El cónyuge o pareja de hecho del teletrabajador.
  • Los hijos menores de edad y los mayores de edad que dependan económicamente del nómada digital.
  • Los ascendientes que estén a cargo del teletrabajador.

¿Dónde debo tramitar el visado de nómada digital?

La solicitud de visado de nómada digital para España se tramita ante el Consulado General de España en el país de residencia del extranjero. El extranjero deberá acudir personalmente a formalizar su solicitud.

¿Dónde debo tramitar la autorización de residencia para nómadas digitales en España?

La solicitud de la autorización de residencia para nómadas digitales en España se realiza de forma telemática y se presenta ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos. 

El plazo de resolución de la autorización de residencia es de veinte (20) días hábiles. En caso de no resolverse en ese plazo, la solicitud se entiende estimada.

Una vez estimada la solicitud, el extranjero debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (“T.I.E.”) en una Comisaría de Policía.

¿Todos los nómadas digitales van a tener beneficios fiscales en España?

Desafortunadamente, no todas las personas que obtengan el visado de nómada digital o la autorización de residencia para nómadas digitales van a obtener beneficios fiscales en España. 

Para poder ser considerado no residente en España a efectos fiscales y poder beneficiarte de un régimen fiscal especial (conocido como “Ley Beckham”), el nómada digital no podrá haber sido residente en España durante los cinco (5) años anteriores.

El segundo requisito consiste en que el desplazamiento a territorio español se produzca en el primer año de aplicación del citado régimen fiscal especial, o en el año anterior, como consecuencia de un contrato de trabajo, excepto si eres un deportista profesional sujeto a la relación laboral especial de deportistas profesionales.

¿En caso de cumplir con los requisitos anteriores, qué beneficios fiscales podré obtener?

Las ventajas fiscales que podrás obtener con la aplicación del régimen especial para impatriados son las siguientes:

  • Ser considerado como no residente a efectos fiscales en España durante el año en que efectúes el cambio de residencia y en los cinco (5) años siguientes.
  • Tributarás por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (“IRNR”), en lugar de por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (“IRPF”).
  • Tus rendimientos del trabajo hasta la cantidad de seiscientos mil euros (600.000 €) tributarán al veinticuatro por ciento (24%). El exceso tributará al cuarenta y siete por ciento (47%).

Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, te recomendamos que solicites una cita con uno de nuestros expertos en asesoramiento fiscal, para que estudien tu caso particular.

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    Preguntas frecuentes sobre el visado o la residencia para nómadas digitales en España:

    ¿En qué se diferencia la autorización de residencia para Nómadas Digitales y la Residencia No Lucrativa?

    La principal diferencia es que la autorización de residencia para nómadas digitales es una autorización de residencia y trabajo, mientras que la Residencia No Lucrativa, como su propio nombre indica, es una autorización de residencia que no permite desarrollar actividad laboral o lucrativa en España.

    La segunda gran diferencia es la duración de la autorización inicial, que en el caso de la autorización de residencia no lucrativa es de un (1) año, mientras que la autorización de residencia para nómadas digitales se concede por tres (3) años.

    ¿Cómo puede demostrar el nómada digital que cuenta con medios económicos suficientes tanto para él, como para su familia, en su caso?

    Existen diversas formas de acreditar que el nómada digital dispone de suficientes medios económicos, siendo el medio más habitual la aportación de un certificado de la entidad bancaria en que el nómada digital tenga su cuenta abierta. Asimismo, también cabe la posibilidad de acreditar los medios suficientes con el sueldo que se va a percibir con el trabajo en remoto.

    ¿En caso de una relación laboral, mi empresa extranjera tiene que darse de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social?

    La regla general es que los ciudadanos extranjeros que soliciten una autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional, dado que van a residir y realizar una actividad laboral en España, están obligados a darse de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social (“TGSS”). Por lo expuesto, la empresa extranjera deberá inscribirse en la TGSS, y, a continuación, dar de alta en el sistema a su teletrabajador en España. 

    No obstante lo anterior, en caso de que exista un acuerdo suscrito entre España y el país donde el trabajador está afiliado a su sistema de seguridad social, cabe la posibilidad de mantener la afiliación del trabajador en su país de origen, para lo que deberá obtener de la administración de seguridad social de origen un documento que acredite la cobertura con base en ese acuerdo internacional mientras que el trabajador preste sus servicios en España.

    ¿Cómo puedo averiguar los países que tienen convenio bilateral con España en materia de Seguridad Social?

    El listado de países con convenio bilateral con España se puede consultar en el siguiente enlace al sitio web de la Tesorería General de la Seguridad Social:

    https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/32078/32253

    ¿Existe un plazo máximo para solicitar la aplicación del régimen fiscal especial para nómadas digitales?

    Si quieres que te aplique este régimen fiscal especial, deberás solicitarlo dentro de los seis (6) primeros meses de residencia en España. Si no lo solicitas en este plazo, perderás la posibilidad de obtenerlo y tendrás que tributar como residente fiscal en España, por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, al tipo que te corresponda, siempre que residas en España más de 183 días por año natural.

    ¿Cabe la posibilidad de que mi cónyuge u otros familiares puedan beneficiarse también del mismo régimen fiscal especial que el mío como nómada digital?

    La respuesta es afirmativa, pero está limitada a los familiares siguientes:

    1. Tu cónyuge o el progenitor de los hijos del nómada digital (en caso de inexistencia de vínculo matrimonial).
    2. Tus hijos menores de veinticinco (25) años.
    3. Tus hijos de cualquier edad en caso de discapacidad.

    Para que los familiares anteriormente mencionados puedan optar por la tributación por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes y beneficiarse del mismo régimen fiscal especial que el nómada digital, deberán cumplir las condiciones siguientes:

    • Que se desplacen a España con el nómada digital o en un momento posterior, siempre que no hubiera finalizado el primer período impositivo en el que el nómada digital tribute por el régimen especial.
    • Que adquieran su residencia fiscal en España.
    • Que no hayan sido residentes en España durante los últimos cinco (5) años.
    • Que no obtenga rentas que se calificarían como obtenidas mediante un establecimiento permanente.
    • Que la suma de las bases liquidables de los citados familiares del nómada digital en cada uno de los períodos impositivos en los que les resulte de aplicación este régimen especial sea inferior a la base liquidable del nómada digital.

    ¿En García de Ceca me podéis proporcionar asesoramiento fiscal y tributario personalizado en relación con mi visado o autorización de residencia para nómadas digitales?

    Efectivamente, nuestros abogados te asesorarán en materia fiscal y tributaria, y te aclararán cualquier duda que te pueda surgir, tanto si deseas optar al régimen fiscal especial para impatriados en España («Ley Beckham»), y tributar por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, como si tienes que tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

    ¿Qué puedo hacer si mi solicitud de visado o de autorización de residencia de nómada digital resulta denegada?

    En función de cada caso, podemos ofrecer a nuestros clientes distintas alternativas para recurrir su resolución denegatoria, bien ante el Consulado General de España ante el que solicitaste tu visado, bien ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégico si solicitaste una autorización de residencia. Si este es tu caso, solicita una cita con uno de nuestros abogados expertos en extranjería y te informaremos sobre la mejor forma de resolver tu denegación.

    ¿Es obligatorio solicitar el visado o la autorización de residencia de nómada digital para mis familiares junto con el mío o puedo hacerlo con posterioridad?

    No es obligatorio que la solicitud del visado o de la autorización de residencia para nómadas digitales se realice de forma conjunta. Dependiendo de las circunstancias personales y familiares del nómada digital, a veces, la solicitud inicial solo la realiza el teletrabajador, y, en un momento ulterior, se realiza una solicitud para el resto de sus familiares. En otras ocasiones, tanto el teletrabajador como sus familiares la solicitan a la vez.

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